

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es uno de los tributos más importantes en Costa Rica. Declararlo correctamente es esencial para evitar sanciones y mantener tu negocio al día con el Ministerio de Hacienda.
Toda persona física o jurídica que realice ventas o servicios gravados está obligada a presentar mensualmente la declaración D-104 a través de ATV, incluso si no tuvo ingresos ese mes.
La declaración del IVA debe presentarse a más tardar el día 15 de cada mes, correspondiente al mes anterior. Si cae en fin de semana o feriado, se traslada al siguiente día hábil.
Todas las ventas gravadas y exentas
Compras con y sin derecho a crédito fiscal
Detalle del prorrateo si aplica
Servicios recibidos del exterior
Retenciones de IVA (si corresponde)
No presentar la declaración conlleva multas, intereses y posibles bloqueos tributarios, incluso si no se tiene impuesto a pagar.
Guardá facturas electrónicas de respaldo
Revisá el proporcional de uso (si realizás actividades mixtas)
Si no tuviste actividad, presentá igual en cero
Verificá que estés utilizando bien los códigos de actividad
Usá software contable que genere los reportes compatibles con ATV