Precios de Transferencia
Cumplimiento técnico bajo el marco costarricense, con análisis defensibles ante la DGT.
Acompañamos a empresas con operaciones entre partes relacionadas en el cumplimiento integral de sus obligaciones de precios de transferencia en Costa Rica — desde el análisis funcional inicial hasta la defensa técnica en procesos de fiscalización.
Agendá una consulta sobre tu situación particular¿Qué son los precios de transferencia?
Los precios de transferencia son las condiciones — precios, márgenes, tasas, contraprestaciones — bajo las cuales se realizan operaciones comerciales o financieras entre empresas que forman parte de un mismo grupo económico o que están vinculadas de alguna forma.
El principio fundamental establece que esas operaciones deben pactarse como si fueran realizadas entre partes independientes en condiciones de mercado abierto. Es lo que internacionalmente se conoce como el principio de plena competencia, derivado del estándar de “arm’s length” recogido por los Lineamientos de la OCDE en la materia.
En la práctica: si una empresa costarricense compra inventario a su matriz extranjera, paga regalías a una sociedad vinculada en el exterior, recibe servicios técnicos de una empresa relacionada, o le presta dinero a otra entidad del grupo — todas esas operaciones deben quedar pactadas a precios y condiciones de mercado. De lo contrario, la administración tributaria puede ajustar el resultado fiscal y exigir el pago de impuestos no pagados, intereses moratorios y, eventualmente, multas por incumplimiento.
¿Tu empresa tiene obligaciones de precios de transferencia?
Estás dentro del régimen si se cumple alguno de estos supuestos:
- Tu empresa realiza operaciones comerciales o financieras con partes relacionadas, sean nacionales o del exterior.
- Tu empresa opera bajo un régimen de zona franca, perfeccionamiento activo u otro régimen especial, y tiene operaciones con vinculadas.
- Tu empresa es subsidiaria, filial o sucursal de un grupo multinacional con presencia en Costa Rica.
- Tu empresa está catalogada como Gran Contribuyente Nacional o Gran Empresa Territorial por la administración tributaria.
Si no estás seguro de si una contraparte califica como “parte relacionada” bajo la definición fiscal costarricense, vale la pena revisarlo — la definición es más amplia de lo que parece a primera vista, e incluye relaciones de control accionario, dependencia económica, vínculos familiares, gerencia común y otras formas de vinculación.
Marco regulatorio costarricense
Tres niveles normativos aplican simultáneamente:
Primer nivel — Ley del Impuesto sobre la Renta
Establece el principio de plena competencia para operaciones con partes relacionadas y faculta a la administración tributaria para ajustar los resultados cuando los precios pactados no se ajusten a condiciones de mercado.
Segundo nivel — Reglamentos y resoluciones de la DGT
La resolución DGT-R-44-2016 estableció los requisitos sustantivos del estudio: métodos aceptados, información mínima de la documentación, formato del análisis. Resoluciones posteriores como MH-DGT-RES-0026-2025 han actualizado aspectos puntuales del marco.
Tercer nivel — Lineamientos OCDE
Costa Rica adoptó los lineamientos de la OCDE sobre precios de transferencia para empresas multinacionales. Los análisis bajo estándares OCDE — funcional, comparables, métodos transaccionales — son los esperados también en Costa Rica.
Obligaciones del contribuyente
Documentación de precios de transferencia
Cada año, las empresas obligadas deben tener listo el estudio que documenta cómo se determinaron los precios de sus operaciones con vinculadas y por qué esos precios se ajustan al principio de plena competencia. Esta documentación debe estar disponible ante eventual solicitud de la DGT.
Declaración informativa anual
Las empresas obligadas deben presentar anualmente la declaración informativa de precios de transferencia, que detalla las operaciones realizadas con partes relacionadas durante el período fiscal. Los plazos, el formato y los obligados específicos están definidos por las resoluciones vigentes de la DGT.
Respaldo de operaciones
Contratos vigentes, facturas, comunicaciones internas, políticas de precios documentadas, organigramas del grupo, evidencia de funciones efectivamente realizadas — todo el respaldo que documente la realidad económica de las operaciones intercompañía. Esta evidencia es lo que la administración tributaria solicita durante una fiscalización.
Nuestro enfoque
Hacemos estudios de precios de transferencia diseñados para resistir cuestionamiento técnico. Nuestro punto de partida no es cumplir con la obligación formal — es construir un análisis que se sostenga ante una eventual fiscalización. Esto se traduce en cuatro principios de trabajo:
Análisis funcional riguroso, no genérico
No copiamos descripciones de plantilla. Entrevistamos al equipo operativo, levantamos diagramas reales de flujo de operaciones, identificamos funciones, riesgos y activos efectivamente asumidos por cada parte vinculada.
Búsqueda de comparables defensible
Usamos bases de datos especializadas con criterios de filtrado documentados paso a paso. Cada comparable que entra al rango se justifica técnicamente. Cada comparable descartado se documenta con la razón del rechazo.
Aplicación del método más apropiado
No aplicamos el mismo método “por defecto”. Evaluamos cada operación para determinar cuál método — CUP, precio de reventa, costo adicionado, margen neto transaccional, partición de utilidades — refleja mejor la realidad económica.
Documentación trazable
El estudio tiene anexos con todos los cálculos, fuentes de información, papeles de trabajo y comparables seleccionados. Si la DGT pregunta cómo llegamos a cada conclusión, podés mostrar el camino completo.
Cómo trabajamos
Levantamiento de información y análisis funcional
Entrevistamos a tu equipo (operaciones, finanzas, comercial, legal), revisamos contratos vigentes y entendemos la cadena de valor real de tu grupo. Identificamos las operaciones entre partes relacionadas que requieren análisis. Mapeamos funciones, riesgos y activos por parte vinculada.
Análisis económico y selección de método
Para cada tipo de operación, seleccionamos el método de precios de transferencia más apropiado según la naturaleza de la operación y la disponibilidad de información comparable. Realizamos la búsqueda de comparables en bases de datos especializadas con criterios de filtrado documentados.
Determinación del rango de plena competencia
Con base en los comparables seleccionados, calculamos el rango de plena competencia (rango intercuartílico o medida estadística apropiada) y verificamos si las condiciones de las operaciones realizadas se ubican dentro de ese rango. Si hay ajustes necesarios, los identificamos.
Documentación y conclusiones
Producimos el estudio completo con análisis funcional, marco normativo, descripción de operaciones, selección de método, búsqueda y aplicación de comparables, conclusiones y anexos de respaldo. Te lo entregamos en formato apto para presentación ante la DGT.
Entregables específicos
Dependiendo del tamaño y complejidad de tu grupo, el alcance del trabajo puede incluir:
Estudio de precios de transferencia anual
Documento principal con análisis funcional, marco normativo, descripción de operaciones, selección y aplicación de métodos, comparables y conclusiones, con sus anexos respectivos.
Archivo local (Local File)
Documentación específica de tu empresa costarricense y sus operaciones con partes relacionadas. Es el componente nuclear del cumplimiento.
Archivo maestro (Master File)
Aplicable a grupos multinacionales: descripción global de estructura, actividades, intangibles, financiamiento y posición fiscal del grupo a nivel internacional.
Declaración informativa
Preparación y presentación del formulario informativo anual ante la DGT con la información requerida sobre cada operación entre partes relacionadas.
Defense file
Carpeta de respaldo con papeles de trabajo, organigramas, contratos, evidencia de comparables y memorandos técnicos, lista para presentar en caso de fiscalización.
Asistencia en fiscalizaciones
Acompañamiento técnico en respuesta a requerimientos de información, presentación de descargos, audiencias y defensa de posiciones del contribuyente.
Asesoría puntual y opiniones técnicas
Análisis ad-hoc sobre operaciones nuevas (financiamientos intercompañía, transferencia de intangibles, reorganizaciones), revisión de políticas de precios, evaluación de APAs.
Sectores donde tenemos experiencia
Hemos trabajado con empresas en sectores donde los precios de transferencia tienen complejidad particular:
- Zonas francas y régimen de perfeccionamiento activo — Operaciones de manufactura para exportación, servicios habilitados, intercompañía con casa matriz, traspaso de productos terminados y semielaborados.
- Servicios profesionales y BPO — Cobro de servicios técnicos, administrativos y de soporte intercompañía; valuación de servicios sin comparables externos directos.
- Manufactura y comercio internacional — Compra-venta de productos con vinculadas en cadena de valor global, márgenes por etapa de transformación, valuación de inventarios.
- Servicios financieros e intragrupo — Financiamiento intercompañía, garantías, derivados, tasas de interés de mercado, valuación de servicios de tesorería centralizada.
- Distribución y representación comercial — Márgenes de distribuidor, regalías por uso de marca o tecnología, contratos de comisión, costos compartidos.
Preguntas frecuentes
¿Mi empresa de pocos empleados también tiene obligación de precios de transferencia?
El criterio para estar dentro del régimen no es el tamaño, es la existencia de operaciones con partes relacionadas. Si tu empresa hace operaciones con una vinculada — sea matriz, filial, hermana o relacionada por control o vínculo económico — está dentro del régimen, independientemente del número de empleados o facturación. Lo que sí varía con el tamaño es el nivel de detalle exigido en la documentación y los plazos de presentación.
¿Qué pasa si la DGT ajusta mis precios de transferencia?
Si la administración tributaria considera que los precios pactados no se ajustan al principio de plena competencia, puede ajustar la utilidad fiscal del contribuyente. Esto se traduce en impuesto adicional sobre la diferencia, intereses moratorios calculados sobre el monto del ajuste, y eventualmente multas por incumplimiento de obligaciones formales. La defensa técnica sólida del estudio es lo que evita o reduce significativamente esos ajustes.
¿Cuánto tiempo se debe conservar la documentación?
La documentación debe estar disponible durante el período de prescripción de la obligación tributaria. Recomendamos conservar todos los respaldos — estudio, papeles de trabajo, contratos, evidencia de comparables, memorandos técnicos — en formato físico y digital por al menos cinco años desde el cierre del período fiscal correspondiente.
¿Las operaciones con partes relacionadas dentro de Costa Rica también están sujetas a precios de transferencia?
Sí. La regulación costarricense aplica el principio de plena competencia tanto a operaciones con vinculadas en el exterior como a operaciones entre vinculadas residentes en Costa Rica. La fiscalización puede revisar ambas situaciones.
¿Qué es un Acuerdo Anticipado de Precios (APA) y cuándo conviene considerarlo?
Es un acuerdo formal con la administración tributaria donde se pacta de antemano la metodología de precios de transferencia aplicable a operaciones futuras del contribuyente. Reduce significativamente el riesgo de ajustes posteriores y aporta certeza fiscal. Se evalúa especialmente para operaciones de alto valor, novedosas o de difícil comparación.
¿Cuál es la diferencia entre el archivo local y el archivo maestro?
El archivo local documenta específicamente a tu empresa costarricense y sus operaciones con vinculadas — es lo que la DGT revisa en una fiscalización. El archivo maestro es un documento de mayor alcance que describe el grupo multinacional en su conjunto: estructura societaria global, actividades por jurisdicción, intangibles centrales, esquema de financiamiento intragrupo. Aplica a grupos multinacionales de cierto tamaño.
¿Tu empresa enfrenta una situación específica de precios de transferencia?
Conversemos sobre tu caso particular. En una primera reunión sin costo evaluamos tu situación, identificamos las obligaciones que aplican y te explicamos qué requiere el cumplimiento técnico.
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