¿Es proveedor del estado en Costa Rica?
¿Le retienen un monto por cada factura que emite?
Si es así, el motivo es el siguiente:
La ley del impuesto sobre la renta, artículo 23 inciso g, obliga a las instituciones autónomas o semiautónomas del estado a retener sobre los pagos realizados a sus proveedores un 2% del valor bruto de la factura a pagar, indicando los siguiente:
“ARTICULO 23.- g) El Estado o sus instituciones, autónomas o semiautónomas, las municipalidades, las empresas públicas y otros entes públicos, en los casos de licitaciones públicas o privadas, contrataciones, negocios u otras operaciones realizadas por ellas, que paguen o acrediten rentas a personas físicas o jurídicas con domicilio en el país, deben retener el dos por ciento (2%) del producto bruto sobre las cantidades mencionadas, aun cuando se trate de pagos a cuenta o adelanto de esas operaciones..”
A su vez se establece algunas excepciones:
No procederá la retención cuando:
i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
De no cumplir su empresa con alguna de las 4 excepciones pactadas en la Ley la institución a la que brinda el servicio cuenta con la obligación tributaria de retener el 2% sobre el monto bruto de todas las facturas que usted como proveedor emita.
La exoneración de un bien o servicio en específico que se encuentre exento del Impuesto al Valor Agregado no se encuentra dentro de las exoneraciones aprobadas ya que de igual manera le corresponde realizar pago de impuesto sobre la renta al final del periodo. Un ejemplo es es el caso de la venta de gas: un bien que fue exonerado del cobro del IVA pero que no está exento del cobro de renta. Dicha retención es propia a renta y no guarda ninguna relación con cualquier otro impuesto o régimen.
El monto retenido en su factura no corresponde de ninguna manera a un descuento o pérdida económica para su empresa, corresponde a un pago adelantado del impuesto sobre la renta, al final del periodo cuando su contador declare sus ganancias y gastos podrá deducir la totalidad del monto retenido por este concepto de impuesto.
El dinero retenido tal y como lo solicita la Ley es pagado al Ministerio de Hacienda por concepto de retenciones y no es dinero que la institución del estado bajo ninguna situación utiliza para otros fines.
Lic. Fabián Jiménez Garro
Contador y Docente Universitario.
Especialista en impuestos.
Somos Jiménez & Jiménez Asesores Contables, sus aliados especialistas en materia de impuestos en Costa Rica y contabilidad para empresas en Costa Rica. Contamos con un equipo de trabajo altamente capacitado en materia tributaria a nivel nacional e internacional para cumplir con cada uno de sus objetivos fiscales.
Permítanos asesorarle en la estrategia de optimización contable y salud fiscal para su empresa.
Firma de contabilidad e impuestos para empresas en Costa Rica.
San José, Costa Rica.
Email: info@consultoresjimenez.com
Tel. +506 7292-9287
Etiquetas: contabilidad costa rica, contabilidad empresarial, contabilidad empresas costa rica, contabilidad para empresas costa rica, costa rica, ganancias de capital costa rica, impuesto al valor agregado costa rica, impuesto costa rica, impuesto de renta costa rica, impuesto de renta costa rica 2020, impuesto de renta costa rica 2021, impuesto de venta costa rica, impuesto de ventas costa rica, impuesto renta costa rica, impuesto sobre la renta costa rica, impuesto sobre la renta costa rica 2020, impuesto sobre la renta costa rica 2021, impuestos aduaneros costa rica, impuestos costa rica, impuestos de costa rica, impuestos directos en costa rica, iva costa rica, iva costa rica 2020, iva costa rica 2021, iva en costa rica, iva en costa rica 2020, renta 2020 costa rica, servicios contables costa rica, tipos de impuestos en costa rica, tributacion costa rica
Jiménez & Jiménez Consultores
Firma de contabilidad pública y privada.
San José, Costa Rica
Email: info@consultoresjimenez.com
Servicios financieros y contables
Impuestos en Costa Rica
Outsourcing Contable
PyMEs en Costa Rica
Todos los derechos reservados. Jiménez & Jiménez Consultores 2021.